El significado de la palabra “inmueble” es que no se puede mover del lugar de donde está. Los bienes inmuebles pueden ser un campo, una chacra, un edificio, una casa o un departamento. Se identifican como bienes inmuebles las propiedades con títulos habilitantes que acrediten pertenencias hacia una o varias personas.
En algunas legislaciones la titularidad o descripción de bienes inmuebles se extiende hacia las embarcaciones y los aviones dándole el mismo tratamiento jurídico que las propiedades ancladas o afirmadas a la tierra.
Los bienes inmuebles tienen que estar registrados en los organismos oficiales en cuyos archivos quedaran asentadas hipotecas, embargos u otras consideraciones según la legislación del país donde esté ubicado el bien señalado como inmueble. Los cambios de titularidad del bien declarado como inmueble tiene que quedar asentado específicamente en el registro de la propiedad para que nuevo propietario se convierta en titular y pueda disponer del bien adquirido, cualquier otra documentación que no esté registrada ante escribano público autorizado carece de validez.
Los bienes inmuebles cuyos titulares hubieran fallecido deben someterse a los trámites de sucesión para que los herederos puedan disponer del bien registrado. En algunos países no se abonan derechos sucesorios y los trámites pueden ser gestionados por los mismos herederos, en otros se deben abonar un impuesto a la sucesión que en cada país tienen distintos porcentajes sobre el valor de tasación registrado. Los vienen inmuebles son las garantías más solicitadas en el caso de solicitud de créditos bancarios o financieros pudiendo en algunos casos hipotecar la propiedad hasta cancelar la totalidad del préstamo.